Artículo diez y nueve. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Escuela Complementarla (Vocacional) Agrícola de Convención (N. de Santander) se distribuye la partida de sesenta y un mil pesos ($ 61.000.00), señalada en el Capítulo 94, artículo 1200 del Presupuesto Nacional vigente y cuya distribución se hará así: Sueldos en 12 meses, enero a diciembre: Mensual Total Director $ 300.00 3.600.00 Profesor de los Cursos Campesinos 290.00 3.480.00 Profesor Habilitado 260.00 3.120.00 Mayordomo-Herramientero 120.00 1.440.00 Servicio doméstico 70.00 840.00 Sumas $ 1.040.00 12.480.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De 3 empleados internos (Director y 2 Profesores., a $ 45.00 mensuales cada uno 135.00 1.350.00 Del Mayordomo-Herramientero y servicio doméstico 60.00 600.00 De20 alumnos becados internos, a razón de $ 40.00 mensuales cada uno 1.200.00 12.000.00 Sumas $ 1.395.00 26.430.00 Alimentación en 2 meses, enero y diciembre: De un Profesor, el Mayordomo Herramientero y servicio doméstico 80.00 160.00 Sumas 26.590.00 Gastos varios, febrero a noviembre: Para combustibles, lubricantes, drogas, útiles de escritorio, excursiones, deportes, y material de enseñanza 100.00 1.000.00 Para construcciones, reparaciones locativas, compra de maquinaria y herramienta agrícola, animales de servicio, cría y explotación, jornales, abonos, insecticidas, fungicidas, Cursos Campesinos y demás gastos 3.341.00 33.410.00 Total. $ 61.000.00
Las partidas a que se refiere el presente Decreto serán giradas al Profesor-Habilitado de la Escuela.