Ley 84 de 1873 · Código Civil de los Estados Unidos de Colombia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La fianza puede ser convencional, legal o judicial.
La primera es constituida por contrato, la segunda es ordenada por la lei, la tercera por decreto de Juez.
La fianza legal i la judicial se sujetan a las mismas reglas que la convencional, salvo en cuanto la lei que la exije o el Código Judicial dispongan otra cosa.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.