Micelio

Artículo 11

Subgerencia Administrativa

Decreto 1900 de 2013 · por el cual se modifica la estructura de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, se determinan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subgerencia Administrativa. Son funciones de la Subgerencia Administrativa, las siguientes

1.

Planear, dirigir y controlar la administración del talento humano para el desarrollo y evaluación integral de sus competencias.

2.

Planear y ejecutar el plan de compras conforme a las políticas determinadas y los lineamientos de la contratación establecidos para la entidad.

3.

Administrar los bienes muebles e inmuebles de la entidad en relación con su mantenimiento, modernización, operación y demás aspectos que se requieran.

4.

Administrar la gestión documental y archivo de la entidad, en relación con la conservación, preservación y custodia según lo dispuesto por la normativa vigente sobre la materia.

5.

Prestar los servicios logísticos y de infraestructura requeridos por las dependencias para el desarrollo de las operaciones y el cumplimiento de las funciones asignadas.

6.

Coordinar la aplicación del régimen disciplinario y conocer en primera instancia los procesos que se adelanten contra los funcionarios de la entidad, de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente sobre la materia.

7.

Las demás que se le asignen o le correspondan por su naturaleza.

8.

Dirigir y controlar los procesos de contratación en sus etapas precontractual, contractual y de liquidación, con base en las especificaciones técnicas presentadas por las áreas de acuerdo con el plan de acción y conforme a las disposiciones legales aplicables, para la adquisición de bienes y servicios que requiera la Empresa.

9.

Dirigir los análisis financieros de proveedores, de licitaciones, de convenios interinstitucionales y otros que requiera la Entidad y evaluar los riesgos financieros.

10.

Coordinar y dirigir el desarrollo de las actividades inherentes a los procesos de almacén y suministros, reparaciones locativas, mantenimiento de equipos de oficina, aseo, cafetería y vigilancia.

11.

Proponer políticas, procedimientos, proyectos y estrategias tendientes a la adecuada utilización y custodia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la Empresa.

12.

Coordinar la aplicación del Régimen Disciplinario y conocer en primera instancia los procesos que se adelanten contra los funcionarios de la Empresa, de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente sobre la materia.

13.

Dirigir, coordinar e implementar el sistema de gestión documental (archivo y correspondencia), mecanismos para la custodia de los archivos y vigilar la integridad, autenticidad, veracidad y fidelidad de la información, patrimonio documental y cultural de la Caja.

14.

Dirigir, controlar y proponer políticas, planes y proyectos para los servicios administrativos y el apoyo logístico requerido en la Empresa.

15.

Proponer políticas de identificación y administración del riesgo para mitigar la exposición al mismo en las operaciones, procesos, procedimientos y actividades que se ejecuten de acuerdo con su competencia funcional.

16.

Preparar y presentar a la Gerencia General y entidades de control, los informes administrativos, con sus correspondientes análisis y los demás que le sean solicitados por las autoridades competentes, en cumplimiento de las normas vigentes.

17.

Gestionar los riesgos y el autocontrol de la Subgerencia Administrativa, con un enfoque basado en procesos y criterios de calidad.

18.

Ejercer las demás funciones inherentes a la naturaleza de su dependencia y las que le sean asignadas por las normas legales

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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