Micelio

Artículo 19

Decreto 3479 de 1983 · Sobre liquidación del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1984.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para abrir créditos adicionales y realizar traslados presupuestales deberá obtenerse concepto previo y favorable de la Dirección General del Presupuesto y observar lo establecido en las normas vigentes. Cuando los traslados afecten el presupuesto de inversión se debe obtener el concepto previo y favorable del Departamento Nacional de Planeación. Si los traslados afectan partidas para los Territorios Nacionales, se requerirá del concepto previo y favorable del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías. Cuando se trate de traslados presupuestales y de la adición prevista en el numeral 3º del artículo 101 del Decreto extraordinario 294 de 1973, la resolución del Ministro o jefe de Departamento Administrativo deberá limitarse a declarar que existe un saldo crédito, no afectado e innecesario, que puede contracreditarse, sin que en ella se señale destinación alguna. La respectiva resolución deberá refrendarse con la firma del Ministro de Hacienda y Crédito Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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