Micelio

Artículo 1

Ley 18660611 de 1866 · Reformatoria de la de 16 de mayo de 1865, orgánica del poder judicial de la Unión

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Hacen parte del poder judicial de la Union, los tribunales i juzgados militares reconocidos por las leyes de la república, que se rejistran en el tratado 5.° de las ordenanzas del ejército.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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