El folio de matrícula de propiedad vehículos automotores terrestres constara de seis secciones o columnas con la destinación señalada en el Artículo 7º para la propiedad inmobiliaria, en todo lo que corresponda a aquella clase de bienes.
Decreto 1250 de 1970 →Vigente
Artículo 9
El Folio De Matrícula De Propiedad Vehículos Automotores Terrestres Constara De Seis Secciones O Columnas Con La Destinación Señalada En El Artículo 7º Para La Propiedad Inmobiliaria, En Todo Lo Que Corresponda A Aquella Clase De Bienes
Decreto 1250 de 1970 · Por el cual se expide el estatuto del registro de instrumentos públicos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.