Micelio

Artículo 3

Ley 47 de 1917 · Sobre derechos de Aduana

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La sal extranjera pagará los siguientes derechos de importación por cada kilogramo: La que se importe por las Aduanas del Pacífico$002La que se importe por las Aduanas de Arauca y Orocué003La que se importe por la Aduana de Cúcuta004La que se importe por la Aduana del Atlántico.005

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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