Micelio

Artículo 4.1.6.1.5

Decreto 1730 de 1991 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 4.1.6.1.5 .- DE LAS ENTIDADES QUE CORRESPONDE VIGILAR A LA DIVISION DE INSTITUCIONES OFICIALES ESPECIALES. Corresponde a la División de Instituciones Oficiales Especiales el control y vigilancia de las siguientes entidades

a)

Banco de Comercio Exterior;

b)

Financiera de Desarrollo Territorial S.A. - FINDETER;

c)

Financiera Nacional Agropecuaria, FINAGRO;

d)

Entidades Descentralizadas de los Entes Territoriales cuyo objeto sea la financiación de las actividades previstas en el artículo 1.4.1.1.1.2. del presente estatuto una vez obtengan la autorización de FINDETER;

e)

Financiera Energética Nacional, FEN, y

f)

Instituto Colombiano para Estudios en el Exterior, ICETEX.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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