Micelio

Artículo 10

División De Informática

Decreto 2193 de 1997 · por el cual se establece la estructura interna y las funciones de la Dirección General de Sanidad Militar del Ministerio de Defensa Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Informática. Son funciones de la División de Informática

a)

Implementar el sistema de información del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares;

b)

Elaborar y manejar la Base de Datos de la población de afiliados y beneficiarios del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares, que contengan entre otros aspectos: el censo, características socioeconómicas y su estado de salud y así mismo registrar la afiliación del personal que pertenece al Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares;

c)

Desarrollar los mecanismos establecidos para capacitar a todas las áreas en el campo de la informática respecto de la aplicación de los programas que en materia de salud adopte la Dirección General de Sanidad Militar;

d)

Mantener actualizada la base de datos del recurso humano, material y equipo, en coordinación con las Divisiones de Administración y Desarrollo de Personal y la Administrativa;

e)

Las demás funciones que le sean asignadas por la Dirección General de Sanidad Militar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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