°. El presente decreto rige a partir de su publicación. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a los 9 días del mes de octubre de 1998. El Presidente de la República, ANDRÉS PASTRANA ARANGO El Ministro del Interior, Néstor Humberto Martínez N. El Ministro de Justicia y del Derecho Parmenio Cuéllar Bastidas
Decreto 2069 de 1998 →Vigente
Artículo 3
El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación
Decreto 2069 de 1998 · por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 418 de 1997
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.