Micelio

Artículo 1

Ley 254 de 1938 · Por la cual se dispone la fundación de la Escuela de Bellas Artes Antonio Nariño, en Pasto; se reforma el artículo 6° de la Ley 6 de 1937; se provee a la terminación de dos edificios destinados a la segunda enseñanza; se destinan unas partidas para construcción de escuelas y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno procederá a adquirir el histórico edificio donde se presentó el General Antonio Nariño ante el pueblo de Pasto, en la jornada del 14 de mayo de1814, y allí establecerá la Escuela de Bellas Artes con el nombre del Precursor y como homenaje en el 125 aniversario de ese hecho heroico. En la portada del Instituto se colocará una placa con la siguiente leyenda:

"El Congreso de Colombia al benemérito Precursor General Antonio Nariño en el IV centenario de la f undación de Pasto y en el 125 aniversario en que este noble pueblo le salvó la vida.

Mayo 14 de1939"

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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