Micelio

Artículo 1

Decreto 813 de 1939 · Por el cual se reglamenta el artículo 1º de la Ley 2ª de 1936

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por medio de comisionado, procederá otorgar la escritura pública sobre la cesión de los derechos y acciones de la Nación sobre los locales números 143, 145, 135 y 134, en la carrera 5ª de la ciudad de Neiva, ordenada en la Ley 2ª de 1935. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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