Micelio

Artículo 7

Decreto 252 de 1956 · Que establece modalidades para la titulación de unas tierras en la Zona Bananera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo séptimo . Mientras no se cancele en su totalidad el precio de las parcelas de que trata este Decreto, éstas no podrán ser enajenadas ni gravadas hipotecariamente, so pena de nulidad de tales enajenaciones o gravámenes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 252 de 1956