de la Ley 7ª. de 1944, el Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Guatemala para el Desarrollo y la Aplicación de los usos Pacíficos de Energía Nuclear, suscrita en Bogotá, el 10 de diciembre de 1986, que por el artículo primero de esta Ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional.
Ley 12 de 1988 →Vigente
Artículo 2
De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 1º
Ley 12 de 1988 · por medio de la cual se aprueba el Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Guatemala para el desarrollo y la aplicación de los usos pacíficos de la energía nuclear, suscrito en Bogotá, el 10 de diciembre de 1986.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.