Cobertura del servicio de policía a nivel nacional. Con el fin de atender las necesidades del servicio de policía, consolidar la cobertura del servicio de policía en las entidades territoriales en que políticamente se divida el territorio y mantener una organización flexible que se adapte con oportunidad a los cambios del entorno, la normatividad legal y/o a las políticas de gobierno en materia de seguridad, el Director General de la Policía Nacional podrá crear, suprimir o modificar las regiones de policía, policías metropolitanas, departamentos de policía, escuelas de formación y capacitación, comandos y unidades desconcentradas, distritos, estaciones, subestaciones, comandos de atención inmediata y puestos de policía.
Decreto 1512 de 2000 →Vigente
Artículo 52
Cobertura Del Servicio De Policía A Nivel Nacional
Decreto 1512 de 2000 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
modificado (verif_articulado: el artículo 52 del decreto 1512 de 2000 el cual quedará así) por decreto 113/22 modificado (verif_articulado: el artículo 52 del decreto 1512 de 2000 quedará así) por decreto 4222/06 modificado por decreto 113/22 modificado por decreto 4222/06
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.