Micelio

Artículo 6

Créase La Junta De Compras Para La Adquisición De Equipos Y Elementos, Destinados A Las Obras, Materia Del Presente Decreto, Compuesta Por El Secretario De Hacienda Del Departamento, El Contralor Departamental, El Ingeniero Director De La Obra, El Ingeniero Interventor Del Gobierno Nacional Y El Auditor Fiscal De Hacienda Nacional De Antioquia, En

Decreto 203 de 1949 · Por el cual se dictan unas disposiciones en desarrollo de la Ley 140 de 1948 y del Decreto número 202 de 1949

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Créase la Junta de Compras para la adquisición de equipos y elementos, destinados a las obras, materia del presente decreto, compuesta por el Secretario de Hacienda del Departamento, el Contralor Departamental, el Ingeniero Director de la obra, el Ingeniero Interventor del Gobierno Nacional y el Auditor Fiscal de Hacienda Nacional de Antioquia, en. representación de la Contraloría General de la República, Junta que deberá aprobar las compras, cuyo valor exceda de cinco mil pesos ($ 5.000), de acuerdo con el procedimiento señalado para la Junta de Compras de que tratan los Decretos legislativos 490 y 1060 de 1944.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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