Art. 3.° Por la Sección de Contabilidad del Despacho de Hacienda se cortará la cuenta de los capítulos y artículos del Presupuesto de Gastos que correspondan á los asuntos indicados, en la fecha de la publicación del presente Decreto, y se pasarán los saldos al Ministerio de Obras Públicas, para que en la misma fecha puedan abrirse los libros en dicho Ministerio. Comuníquese á quienes corresponda y publíquese.
Decreto 73 de 1905 →Vigente
Artículo 3
Decreto 73 de 1905 · Por el cual se determinan los negociados que corresponden al Ministerio de Obras Públicas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.