De la partida asignada en el Capítulo 205, artículo del Presupuesto de
la vigencia en curso, "para construcción de edificios, estanques y obras, hidráulicas, en las dependencias de la Sección de Caza,.Piscicultura y Pesquerías, en el país, en el año", hácese la siguiente distribución:
CAPITULO 205
Artículo 2334
Ordinal 1°
Esta suma será girada al Contador Pagador de la Zona Agropecuaria del Valle del Cauca, y el Ministerio de Agricultura, por medio de resoluciones, reglamentará.su inversión.