Expansión de la cobertura del servicio de energía eléctrica en el SIN. La expansión del STR y del SDL se hará por parte de los OR y se remunerará, principalmente, a través de la metodología tarifaria para remunerar la actividad de distribución, a cargo de la CREG. Adicionalmente, el MME podrá asignar la construcción de infraestructura en el STR y SDL para conectar zonas que no cuenten con el servicio, la cual podrá ser financiada con recursos del FAER, u otras fuentes de financiación. La CREG establecerá criterios específicos para la remuneración de los proyectos destinados para ampliación de cobertura del servicio de energía eléctrica de tal forma que se incentive a los OR a aumentar dicha cobertura y se recuperen los costos eficientes de prestar el servicio en las zonas determinadas en la normatividad legal.
Decreto 1073 de 2015 →Vigente
Artículo 2.2.3.3.1.8
Expansión De La Cobertura Del Servicio De Energía Eléctrica En El Sin
Decreto 1073 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.