Micelio

Artículo 4

Ley 35 de 1907 · Sobre régimen monetario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Habiendo desaparecido las causas principales de las fluctuaciones de La moneda de papel, los fondos destinados para la amortización ó para la conversión seguirán aplicándose á los gastos comunes del servicio público, de acuerdo con los Presa puestos de Rentas y Gastos para la presente vigencia y para las subsiguientes.

Parágrafo

En caso de que se presentaren nuevas fluctuaciones en el precio del papel moneda, el Poder Ejecutivo queda autorizado para hacer su amortización ó su conversión y cambiarlo por metálico, aplicando para este fin los recursos que la ley ha puesto á su disposición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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