Micelio

Artículo 18

De Las Entidades Competentes Para Selección De Personal

Decreto 1468 de 1979 · Por el cual se reglamenta el decreto 694 de 1975

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 18. De las entidades competentes para selección de personal . La selección de personal corresponderá a los siguientes organismos y entidades del Sistema Nacional de Salud

a)

El Ministerio de Salud;

b)

Los establecimientos públicos adscritos al Sistema Nacional de Salud;

c)

Los Servicios Seccionales de Salud, que tendrán, además, competencia para seleccionar el personal de las Unidades Regionales de su jurisdicción, las cuales incluyen las Unidades Operativas Locales. En el Ministerio de Salud y en los establecimientos públicos del orden nacional, adscritos al Sistema Nacional de Salud, el proceso de selección de personal se desarrollará de conformidad con este Reglamento. Corresponde a los Servicios Seccionales de Salud y a las Unidades Regionales desarrollar su respectivo sistema de selección con base en las normas del Sistema Nacional de Salud y la asesoría del Departamento Administrativo del Servicio Civil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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