Inmovilización y aplicación del ahorro. Con el fin de garantizar su aplicación al pago del precio de adquisición o construcción de la vivienda, a partir del momento de la postulación el ahorro acreditado será inmovilizado en la entidad en la cual está depositado, mientras se encuentre vigente la postulación, de acuerdo con la autorización otorgada por el titular al momento de abrir la cuenta. Una vez comunicada la asignación del subsidio familiar de vivienda, los dineros depositados en las cuentas de ahorro para la vivienda se aplicarán al pago de la cuota inicial de la solución de vivienda adquirida por el beneficiario o a su edificación, en el caso de construcción en sitio propio.
Decreto 824 de 1999 →Vigente
Artículo 25
Decreto 824 de 1999 · por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 3a. de 1991 en relación con el Subsidio Familiar de Vivienda en dinero para áreas urbanas y la Ley 49 de 1990, en cuanto a su asignación por parte de las Cajas de Compensación Familiar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.