Micelio

Artículo 4

º El Día 27 De Octubre De 1988 La Policía Vial Establecerá Y Efectuará Controles En Las Diferentes Salidas De Los Municipios Del País, Mediante La Recolección De La Planilla De Pasajeros Y Orden De Despacho, Que Será Remitida El Día 28 De Octubre De 1988 Las Correspondientes Oficinas Regionales O Seccionales Del Instituto Nacional Del Transporte

Decreto 2202 de 1988 · Por el cual se toman unas medidas en materia de la prestación del servicio público de transporte intermunicipal de pasajeros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El día 27 de octubre de 1988 la Policía Vial establecerá y efectuará controles en las diferentes salidas de los municipios del país, mediante la recolección de la planilla de pasajeros y orden de despacho, que será remitida el día 28 de octubre de 1988 las correspondientes Oficinas Regionales o Seccionales del Instituto Nacional del Transporte.

Parágrafo

Las empresas de transporte intermunicipal de pasajeros estarán obligadas a suministrar a sus vehículos una planilla de pasajeros u orden de despacho.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2202 de 1988