Micelio

Artículo 4

° Si Algún Alumno Ó Alumna De Los Designados En Los Municipios Te Considerare Propuesto Ó Propuesta Por La Designación Que Hiciere La Junta Provincial, Podrá Concurrir En Competencia Con El Designado Ó La Designada Á La Cabecera De La Circunscripción Escolar Respectiva, Donde Hará La Asignación Definitiva Una Junta Compuesta Por El Director General De Instrucción Pública, El Director Ó La Directora De La Escuela Normal, Según El Caso, Y De Tres Profesores Ó Profesoras De La Escuela Normal Designados Por El Director General

Decreto 555 de 1909 · Por el cual se reglamenta la adjudicación de becas en las Escuelas Normales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Si algún alumno ó alumna de los designados en los Municipios te considerare propuesto ó propuesta por la designación que hiciere la Junta Provincial, podrá concurrir en competencia con el designado ó la designada á la cabecera de la Circunscripción Escolar respectiva, donde hará la asignación definitiva una Junta compuesta por el Director general de Instrucción Pública, el Director ó la Directora de la Escuela Normal, según el caso, y de tres Profesores ó Profesoras de la Escuela Normal designados por el Director General.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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