Micelio

Artículo 3

Decreto 162 de 1996 · por el cual se reglamenta la Decisión Andina 351 de 1993 y la Ley 44 de 1993, en relación con las Sociedades de Gestión Colectiva de Derecho de Autor o de Derechos Conexos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Personería Jurídica . Los titulares de derecho de autor o de derechos conexos que pretendan constituir sociedades de gestión colectiva que no tengan dentro de sus finalidades la administración y explotación de los derechos económicos de sus asociados, sólo deberán obtener de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, el reconocimiento de personería jurídica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 162 de 1996