Las personas que laboren en las minas deberán respetar y acatar las señales y avisos alusivos a la prevención de accidentes. TITULO IV ALMACENAMIENTO DE MATERIALES Y COMBUSTIBLES CAPITULO I Almacenamiento de materiales.
Decreto 2222 de 1993 →Vigente
Artículo 133
Las Personas Que Laboren En Las Minas Deberán Respetar Y Acatar Las Señales Y Avisos Alusivos A La Prevención De Accidentes
Decreto 2222 de 1993 · por el cual se expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.