Micelio

Artículo 10

Decreto 1184 de 1999 · por el cual se suprime la Dirección Nacional del Derecho de Autor y se ordena su liquidación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto con fuerza de Ley 2041 de 1991. Publíque se y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 29 de junio de 1999. ANDRES PASTRANA ARANGO El Viceministro del Interior encargado de las funciones del Despacho del Ministro del Interior, Jorge Mario Eastman Robledo. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo Salazar. El Ministro de Desarrollo Económico, Fernando Araújo Perdomo. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Mauricio Zuluaga Ruiz

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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