Micelio

Artículo 6

Decreto 146 de 1958 · Por el cual se establecen y determinan unas Escuelas Primarias Pilotos en el País

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sexto. Autorízase a la Gobierno para reglamentar el funcionamiento de las Escuelas Pilotos que se refiere el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 146 de 1958