La Escuela Judicial tendrá a su cargo el programa de orientación de los funcionarios y empleados judiciales, que a partir de la vigencia del presente Decreto se vinculen a la rama jurisdiccional. Para el cumplimiento de dicho programa, las autoridades nominadoras de la rama jurisdiccional deberán suministrar periódicamente a la Escuela Judicial la relación de los funcionarios y empleados judiciales que vayan ingresando al servicio de la misma.
Decreto 2400 de 1986 →Inexequible
Artículo 88
Decreto 2400 de 1986 · por el cual se revisa, reforma y pone en funcionamiento el Estatuto de la Carrera Judicial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.