Modifíquese los numerales 3 y 5 del artículo 25 de la Ley 1523 de 2012 , así:
(…)
Asesorar la ejecución de la respuesta a situaciones de desastre con el propósito de optimizar la atención a la población, los animales, los bienes, ecosistemas e infraestructura y la restitución de los servicios esenciales.
Asesorar la puesta en marcha de la rehabilitación y reconstrucción de las condiciones socioeconómicas, ambientales y físicas, bajo criterios de seguridad humana y animal y de desarrollo sostenible.