Micelio

Artículo 2

Empleos De La Dirección De Aduanas Nacionales

Decreto 1865 de 1992 · por el cual se regula el Sistema de Nomenclatura, Clasificación y Remuneración de los empleos de la Unidad Administrativa Especial - Dirección de Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Empleos de la Dirección De Aduanas Nacionales. Según su naturaleza los empleos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Aduanas Nacionales son de Carrera Aduanera y de libre nombramiento y remoción

1.

La Carrera Aduanera está conformada por: El Cuerpo Administrativo que atiende las áreas de infraestructura y respaldo a las funciones aduaneras. El Cuerpo Aduanero que atiende las funciones aduaneras propiamente dichas.

2.

Los empleos de libre nombramiento y remoción son los cargos de Director de Aduanas Nacionales, Subdirector de Aduanas, Jefe de Oficina, Administrador de Aduanas y Asesor. Para todos los efectos legales el cargo de Administrador de Aduanas equivale al cargo de Jefe Regional de Aduana de que tratan los Decretos 1648 y 1650 de 1991.

Parágrafo

Los empleos de la Dirección de Aduanas Nacionales también se clasifican en los distintos niveles de cargos que componen cada uno de los niveles funcionales que se describen en los artículos siguientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1865 de 1992