Micelio

Artículo 2

Ley 75 de 1890 · que aprueba el convenio de 17 de junio de 1889 celebrado entre el Ministro de Relaciones Exteriores encargado del Despacho del Tesoro y Carlos O'Leary, Representante de los Tenedores de la Deuda exterior de la República de Colombia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los Presupuestos nacionales se apropiarán las cantidades necesarias para el puntual cumplimiento de las obligaciones aceptadas por el Gobierno y que gravan el Tesoro de la República, en virtud del anterior convenio, teniéndose como incluídas en el Presupuesto del próximo bienio las que deban erogarse en el caso de su aprobación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 75 de 1890