El confinamiento consiste en la obligación que se impone al condenado a tal pena, de residir por el tiempo que determina la sentencia, en un Municipio distante de 30 a 60 kilómetros del lugar donde se cometió el delito, y del que residan el delincuente y las personas lesionadas por él.
En caso de que el delincuente infrinja la obligación que se le impuso al condenarlo, cumplirá en prisión el resto del tiempo de la condena.