Micelio

Artículo 2

El Día Sábado De Cada Semana Habrá Un Acuerdo Provisional De Contabilidad En El Ministerio Del Tesoro, Presidido Por El Ministro Con Asistencia Del Tesorero General De La República Y Del Jefe De La Oficina Central De Ordenación, Y En El Cual Actuará Como Secretario El Subjefe De La Sección 1

Decreto 91 de 1911 · Que reglamenta los Acuerdos de contabilidad y establece algunas formalidades en el reconocimiento, la ordenación y el pago de los gastos nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El día sábado de cada semana habrá un Acuerdo provisional de contabilidad en el Ministerio del Tesoro, presidido por el Ministro con asistencia del Tesorero General de la República y del Jefe de la Oficina Central de Ordenación, y en el cual actuará como Secretario el Subjefe de la Sección 1. Tiene por objeto este acuerdo que el Ministro conozca la existencia en caja y cartera de la Tesorería General, de que pueda disponerse con seguridad en la semana siguiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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