Requerimientos a puertos o terminales marítimos, fluviales o lacustres. Los puertos deberán contar con un sistema de recolección y manejo para los residuos líquidos provenientes de embarcaciones, buques, naves y otros medios de transporte, así como el lavado de los mismos. Dichos sistemas deberán cumplir con las normas de vertimiento.
(Decreto 3930 de 2010, artículo 26).