° Los demás empleados del Ministerio que prestan sus servicios con anterioridad a la vigencia de la Ley 32 de este año, gozarán de sueldo de mayo del corriente año.
Decreto 701 de 1925 →Vigente
Artículo 3
Los Demás Empleados Del Ministerio Que Prestan Sus Servicios Con Anterioridad A La Vigencia De La Ley 32 De Este Año, Gozarán De Sueldo De Mayo Del Corriente Año
Decreto 701 de 1925 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Obras Públicas, se fijan asignaciones a sus empleados y se hacen unos nombramientos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.