Micelio

Artículo 8

Decreto 3692 de 1950 · Por el cual se fija la nomenclatura del Ministerio de Agricultura y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo octavo. El personal que se designe en desarrollo del presente Decreto, para los efectos de los servicios a que se destine, será considerado como personal de plata. En consecuencia, a excepción del personal de Gabinete, del Secretario General, del Jefe del Departamento de Coordinación de Programas y de los Directores de División, los demás funcionarios prestarán sus servicios en aquellos lugares a donde sean destinados por resoluciones ministeriales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3692 de 1950