°. Modifíquese el artículo 3° del Decreto número 4937 de 2011, el cual quedará así: Artículo 3°. Nomenclatura y clasificación de empleos. La nomenclatura y clasificación de los empleos de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), se determina por el nivel jerárquico, la denominación del empleo y el grado de remuneración. La denominación del empleo, es la identificación del cargo, en razón de las funciones esenciales, atribuciones y responsabilidades. El grado de remuneración, indica la asignación básica mensual del empleo dentro de la escala salarial progresiva, según la complejidad y responsabilidad inherente al ejercicio de las funciones. Con fundamento en lo anterior, la nomenclatura y clasificación de los empleos del nivel directivo de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), es la siguiente: Denominación del Empleo Grado Presidente 3 Jefe de Oficina de Control Interno 2 Director de Cartera 1
Decreto 311 de 2017 →Vigente
Artículo 1
Modifíquese El Artículo 3° Del Decreto Número 4937 De 2011, El Cual Quedará Así: Artículo 3°
Decreto 311 de 2017 · por el cual se modifica el régimen salarial y prestacional de los empleados públicos de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.