Después de transcurridos por lo menos veintiocho días de la fecha de la primera publicación del referido aviso, y dentro de treinta días después de efectuada la última publicación de éste, se remitirá el acta de organización por duplicado al Superintendente Bancario, junto con declaraciones juradas o cualquiera otra prueba satisfactoria de que se ha hecho la publicación del aviso y se ha enviado éste a las personas indicadas en el artículo anterior.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.