Art. 9.° Desde el 1.° de setiembre próximo, quedarán suprimidas las ajencias principales de bienes desamortizados, i adscritas sus funciones a las administraciones principales de Hacienda nacional. -Estas oficinas incorporarán en sus cuentas las relativas a aquellos bienes, i los responsables de ellas las rendirán directamente, para su exámen i fenecimiento, a la Oficina jeneral de Cuentas, en los períodos fijados por el artículo 2.° de la lei de 13 de julio de 1867, que adiciona la orgánica de la Oficina jeneral mencionada.
Decreto 18690731 de 1869 →Vigente
Artículo 9
De La Lei De 13 De Julio De 1867, Que Adiciona La Orgánica De La Oficina Jeneral Mencionada
Decreto 18690731 de 1869 · En ejecución de los artículos 12, 13 y 15 de la lei de 2 de junio último "que reforma i adiciona las de bienes desamortizados"
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.