Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos vigente: Ministerio de Fomento Capítulo 74 Gastos varios Del artículo 794. Para adquisición de vehículos automotores y bicicletas, y para pago a los choferes de los días domingos y feriados, cuando los trabajen, en el año $ 10.000.00 Capítulo 74 Gastos varios Al artículo 795. Para gastos de sostenimiento de todos los vehículos del Ministerio; pago de aseguro de los mismos, y para suministro de uniformes a los choferes, en el año $ 10.000.00
Decreto 1294 de 1953 →Vigente
Artículo 794
Para Adquisición De Vehículos Automotores Y Bicicletas, Y Para Pago A Los Choferes De Los Días Domingos Y Feriados, Cuando Los Trabajen, En El Año $ 10
Decreto 1294 de 1953 · Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto de Gastos vigentes (Ministerio de Fomento)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.