El Poder Ejecutivo podrá abstenerse en lo sucesivo de otorgar adjudicaciones de minas en las cuales el platino sea el metal dominante, y de permitir por nuevas concesiones la explotación ò dragaje de los ríos en cuyo lecho se encuentre este metal, y procederá á hacer levantar un padrón de las minas ó yacimientos que contengan platino que se hallen en explotación, así como de las descubiertas que no estén en actividad.
Queda autorizado el Poder Ejecutivo para otorgar recompensas bastantes á los descubridores de minas de esta clase.