Micelio

Artículo 360

Decreto 181 de 1981 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Remisión del expedi ente. El expediente y la acusación se entregarán personalmente por el funcionario en la Secretaría del Juzgado competente, en donde se le pondrá la

nota de presentación. Además, entregará todos los elementos aprehendidos dentro de la investigación, pondrá a disposición del Juez, en el respectivo establecimiento, al procesado privado de libertad y en el banco o entidad correspondiente, las cauciones que hubieren sido prestadas. De lo anterior se le expedirá recibo. CAPITULO SEGUNDO De otras pretensiones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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