Micelio

Artículo 2.5.3.9.63

De Las Causales Legales Y Estatutarias

Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De las causales legales y estatutarias. De conformidad con las disposiciones del Código Civil en los estatutos de las instituciones sin ánimo de lucro deberán establecerse las siguientes causales de disolución y liquidación

1.

Por vencimiento del término previsto para su duración en el caso de las asociaciones o corporaciones in ánimo de lucro.

2.

Por disminución del número de asociados en términos que hagan imposible el cumplimiento del objeto propio de la entidad.

3.

Por agotamiento de los objetivos de la institución.

4.

Por la extinción de los bienes de la entidad.

5.

Por las demás causales previstas en los respectivos estatutos de conformidad con las normas legales. (Artículo 56 del Decreto 1088 de 1991)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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