°. En la provisión de los empleos de libre nombramiento y remoción de la Rama Ejecutiva del orden nacional y de los niveles diferentes al técnico y al asistencial, sin perjuicio de la discrecionalidad propia de la naturaleza del empleo, se tendrán en cuenta la transparencia en los procesos de vinculación de servidores, las competencias laborales, el merito, la capacidad y experiencia, las calidades personales y su capacidad en relación con las funciones y responsabilidades del empleo.
Artículo 1
En La Provisión De Los Empleos De Libre Nombramiento Y Remoción De La Rama Ejecutiva Del Orden Nacional Y De Los Niveles Diferentes Al Técnico Y Al Asistencial, Sin Perjuicio De La Discrecionalidad Propia De La Naturaleza Del Empleo, Se Tendrán En Cuenta La Transparencia En Los Procesos De Vinculación De Servidores, Las Competencias Laborales, El Merito, La Capacidad Y Experiencia, Las Calidades Personales Y Su Capacidad En Relación Con Las Funciones Y Responsabilidades Del Empleo
Decreto 4567 de 2011 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 909 de 2004 y Decreto-ley 770 de 2005.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.