La Contraloría General de la República se abstendrá de visar los giros correspondientes a partidas de aportes a establecimientos privados de educación mientras no comprueben: a)-Que las matrículas, pensiones de estudios y tarifas de transporte que cobran a sus alumnos han sido aprobados por la respectiva Junta Seccional reguladora de matrículas y pensiones; b) Que tienen el número de estudiantes becados que les corresponde de acuerdo con la proporción establecida por resolución del Ministerio de Educación Nacional reglamentaria de este artículo, cuando las pensiones sean mayores de cincuenta pesos ($ 50.00) para el externado y de ciento cincuenta pesos ($ 150.00) para él internado en cualquiera de los cursos y qué para la adjudicación de .estas becas están cumpliendo con las disposiciones del Decreto 1070 de 1967; c) Que están cumpliendo con las disposiciones legales que regulan el costo de la educación en el país, y en especial con los del artículo 15 del Decreto 156 de 1967.
Artículo 26
La Contraloría General De La República Se Abstendrá De Visar Los Giros Correspondientes A Partidas De Aportes A Establecimientos Privados De Educación Mientras No Comprueben: A)-Que Las Matrículas, Pensiones De Estudios Y Tarifas De Transporte Que Cobran A Sus Alumnos Han Sido Aprobados Por La Respectiva Junta Seccional Reguladora De Matrículas Y Pensiones; B) Que Tienen El Número De Estudiantes Becados Que Les Corresponde De Acuerdo Con La Proporción Establecida Por Resolución Del Ministerio De Educación Nacional Reglamentaria De Este Artículo, Cuando Las Pensiones Sean Mayores De Cincuenta Pesos ($ 50
Decreto 2536 de 1971 · Sobre liquidación del Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1972
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.