Micelio

Artículo 5

La Sanción Por Libros Se Impondrá En Las Liquidaciones Iniciales O De Revisión Del Impuesto Sobre La Renta Correspondiente Al Período Gravable Por El Cual Se Efectuó La Inspección Ocular De Libros De Contabilidad

Decreto 1098 de 1974 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 1366 de 1967 sobre libros de contabilidad e inspección ocular de los mismos en materia tributaria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La sanción por libros se impondrá en las liquidaciones iniciales o de revisión del impuesto sobre la renta correspondiente al período gravable por el cual se efectuó la inspección ocular de libros de contabilidad. La aplicación de la sanción por libros prescribe igualmente con la facultad de liquidar, revisar o aforar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1098 de 1974