Micelio

Artículo 21

Decreto 470 de 1986 · Por el cual se establece un Régimen Especial de Fomento Económico para las Intendencias y Comisarías, se dictan disposiciones sobre Régimen Aduanero en la Intendencia Especial de San Andrés y Providencia y se adoptan otras normas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se encuentran excluidos del impuesto a las ventas los siguientes hechos generadores realizados en los municipios de Leticia, Puerto Inírida y Mitú

a)

La venta y entrega real dentro de dichos municipios de bienes producidos en ellos.

b)

La venta y entrega real dentro del territorio de estos municipios de bienes producidos en el resto del territorio nacional.

c)

La importación, al territorio de estos municipios, de los bienes indicados en los artículos 27 y 28 de este Decreto, así como su venta y entrega real en dichos lugares.

d)

La prestación de servicios realizada en el territorio de estos municipios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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