Son deberes del ecólogo:
Guardar el secreto profesional, salvo en las excepciones que la ley lo considere;
Entregar en forma clara, precisa y oportuna los resultados de los trabajos realizados;
Certificar con su firma cada uno de los trabajos realizados;
Respetar los principios y valores que sustentan las normas de ética vigentes para el ejercicio de su profesión y el respeto de los derechos humanos;
Denunciar a la instancia competente toda práctica que conlleve al ejercicio ilegal e inadecuado de la profesión.