Micelio

Artículo 12

Ley 45 de 1903 · Por la cual se crean Notarías, Oficinas de Registro y Juzgados de Circuito

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 12. Los Municipios pertenecientes á la Intendencia de Casanare formarán un Circuito Judicial, que se denominará de Casanare, y que tendrá por capital á la de la Intendencia, en el cual habrá un Juez para lo Civil y otro para lo Criminal, y que pertenecerá al Distrito judicial de Tundama.

Parágrafo

Quedan derogados los artículos 1.°, 2.°, 5.° y 6.° de la Ley 171 de 1896 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 45 de 1903